jueves, 2 de enero de 2014

La falacia del asistente virtual en cinco pasos creado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social


Cuando se anunció la reducción de los famosos 42 contratos laborales en sólo cuatro (indefinido; temporal; de formación y aprendizaje; y en prácticas) una compasión infinita me embargó inesperadamente al acordarme de los trabajos de Hércules. Reconozco que de entrada ni siquiera le otorgué el beneficio de la duda, entre otras cosas porque la simplificación de nuestro enmarañado sistema de contratación laboral pasa, en mi humilde o radical opinión —como uds. prefieran llamarla— por derogar las mil y una leyes y reales decretos que convierte la contratación en un tormentoso camino difícil de domeñar hasta para los expertos y empezar a legislar de cero.
En todo caso, más curiosidad me deparaba el famoso asistente virtual anunciado que guía al empleador en el proceso para contratar una persona en cinco pasos. ¡Cinco! Vamos que tendríamos contrato como el mago que saca una paloma de la chistera con un simple toque de varita.
Como todo tiene truco, he optado por hacer un poco de empirismo y aprender a manejar el asistente de los cinco famosos pasos, antes de opinar a tontas y a locas.
Los famosos cinco pasos que se encuentran en la Web: http//www.sepe.es/Contratos/ pasan por seguir, en apariencia, un camino recto dónde hay que concretar:
  1. El empleador (o sea el tipo de patrón que va a contratar. Conste que el sistema está diseñado para que sea el patrón –o la patrona o la expresión que ud. prefiera, el idioma es, afortunadamente, rico en palabras equivalentes—, aunque nada impide que una persona trabajadora elija el empresario que quiera que lo contrate y hacer una simulación como si fuera un juego virtual).
  2. El empleado (o la empleada; que en el asistente puede ser, de entrada, una persona legal o inmigrante ilegal, porque en principio no nos piden la identificación de esa persona).
  3. El tipo de jornada.
  4. La modalidad contractual (que será alguna de los pregonados cuatro tipos de contratos, que antes eran 42).
  5. Los resultados, último punto en el que se condesan, en pdf, los anteriores avatares juntos.
Como si fuera un videojuego, empiezo por el principio; conste que no puedes hacer trampas, que el sistema no te permite pasar del primer paso al cuarto, por un poner, tienes que ir picando con el ratón o en la pantalla digital, ordenadamente.
Abro el punto uno y me señalan los siguientes empleadores:
-         Microempresa.
-         Plantilla < 50 trabajadores.
-         Plantilla 50 trabajadores.
-         Trabajador autónomo.
-         Hogar familiar.
-         Centro de Empleo.
-         Empresa de Inserción.
-         Institución penitenciaria.
-         Centro de menores.
-         Organismo, universidad y entidades de investigación.
-         Administración y Organismos.
Lo que me espanta es lo de «microempresa», confieso que no tenía ni idea que tuviera envergadura propia, de toda la vida, conforme al art. 1 del Estatuto de los Trabajadores, he utilizado la expresión del empleador como persona física o jurídica. ¡En fin, concluyo que estoy un poquillo desfasada en conocimientos jurídicos, pero la cuestión es tirar adelante!
Por si acaso, no me vaya a meter en boca del lobo, pruebo a darle al cursor picando sobre «trabajador autónomo» que me parece más fiable para mis conocimientos.
Salto al paso número 2, el empleado o el perfil de la persona que deseo contratar. Este perfil es el más endemoniado, pues he comprobado que el perfil es indiferente para algunos empleadores, como para el tradicional «amo de casa» o servicio del hogar y se activa como las muñecas rusas, que van una dentro de otra, cuando se escoge otra modalidad, es el caso de trabajadores autónomos, que me da a elegir entre:
-         Joven (16-30 años).
-         Mayor de 45 años.
-         Resto de edades.
-         Indiferente.
Me quedo perpleja, me pregunto si activo la casilla de indiferente me va a dar el colectivo del que voy a obtener más beneficios económicos, es decir, de aquél cuya contratación le cueste menos a mi ficticio bolsillo empresarial.
Sin embargo, venzo a la tentación y opto por seleccionar mayores de 45 años, porque pienso que hay que ir sobre seguro y es uno de los colectivos, con las personas discapacitadas, que tienen bonificaciones o reducciones en la cotización a la Seguridad Social durante toda la vida del contrato.
Activada la casilla me veo ya en el paso número 3; pero no, descubro que he debido de dar medio paso, pues me sale otra lista que me ofrece elegir sobre la «Situación de desempleo:
-         Desempleado inscrito.
-         Preceptor de subsidios.
-         Otras situaciones.
-         Indiferente».
Me entra la risa floja en eso de preceptor de los subsidios, o sea que aquí podrían entrar los famosos subsidios a los encarcelados, por un poner.
Me pregunto cómo puede ser uno preceptor de subsidios si no está inscrito como desempleado, como puede cobrar sin tener la famosa «tarjeta del paro».
Vuelvo a hacerme preguntas: eso de los subsidios... ¿Se refiere a las famosas prestaciones no contributivas? ¿Y qué pasa con la prestación contributiva de desempleo? ¿Es un subsidio o no? No sería más adecuado poner «desempleado inscrito y preceptor de prestaciones o subsidios por desempleo».
En fin, como la cuestión es saltar al paso 3, pues pongo el puntito negro con el ratón sobre «preceptor de subsidios».
¡El colmo! ¡Todavía no estoy en el punto 3, acabo de dar un cuarto de paso, creo! Me sale otra lista, que me pregunta:
- Discapacidad. () Si   () No   () Indiferente.
-         Colectivos especiales:
o       Exclusión social.
o       Víctimas de violencia de género o doméstica y víctimas de terrorismo
o       Ninguno de los anteriores.
o       Indiferente.
Observe, discapacidad a secas, sin precisar que porcentaje o situación; pero en fin, como estoy deseosa si saltar el punto 3, pico rápido sobre «víctimas de violencia de género».
¡Eureka! Después de un paso en tres subpasos en el punto 2, entro directa en el 3 de la jornada a velocidad de vértigo
Es facilito, solo me da a elegir entre jornada parcial, completa y fijo discontinuo.
Marco la jornada completa y a la primera me entra el punto 4, donde me encuentro con los famosos contratos simplificados de 42 a 4:
Tengo que elegir entre contrato indefinido, formación, temporal y de prácticas; opto por este último, pico con el cursor y entro directa en el último punto, el de resultados. Ahora ha entrado lo difícil de verdad, me digo, cuando me encuentro con tres casillas distintas:
-         Contrato en prácticas.
-         De trabajadores en exclusión social, víctimas de violencia de género o doméstica o víctimas de terrorismo.
-         Trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de subsidios por desempleo.
De repente me veo perdida. Resulta que me salen en casillas separadas tres de las opciones que he realizado anteriormente; se supone que tendría que darme el contrato más favorable que integre las tres posibilidades anteriores. O me he equivocado yo en algún paso o el asistente lo jubilamos a los dos días de trabajo, que ya es récord.
Como la cuestión es llegar al final, opto por marcar las «víctima de la violencia de género» y me salta un letrero que dice «Descargar pdf». 
Descargo. ¡Y casi me caigo de espaldas cuando veo el contrato de 9 páginas!.
Un contrato como un libro en el que no solo tengo que rellenar los previsibles datos personales del empleador y el empleado, al estilo de siempre, sino todo lo que he ido marcando antes.
En resumen, antes cualquier contrato, por lo común, tenía un par de páginas (un folio por el anverso y el reverso) y ahora tengo ¡9!
¡N U E V E!
Nueve deliciosas páginas para rellenar, que soy incapaz de rellenar aunque soy Doctora en Derecho de Trabajo. No puedo rellenar las múltiples casillas sin antes armarme con un mínimo de media docena de leyes, entre ellas la Ley 43/2006, LO 1/2004, Ley 27/2003...

¡Qué país, progresamos!

Suplico que nos dejen otra vez los 42 contratos, de un par de páginas, cada uno.

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